Con motivo del IV Centenario de la muerte de Miguel de Cervantes y William Shakespeare, la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, con la colaboración de El Norte de Castilla, ha convocado un concurso donde propone a los alumnos que escriban una carta manuscrita a algún personaje de las obras de estos dos grandes autores.
La temática es libre; puede ser en prosa o en verso y se puede redactar tanto en castellano como en inglés.
Se establecen dos categorías:
Categoría A: centros que imparten enseñanzas de educación infantil, primaria y educación especial.
Categoría B: centros que imparten enseñanzas de educación secundaria, bachillerato, centros específicos de FP, centros de adultos, centros que imparten enseñanzas de régimen especial.
El plazo para enviar las cartas finaliza el 20 de mayo de 2016
Más información sobre el concurso: Pincha aquí
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En un país donde la normativa de seguridad contra incendios no se redacta para llenar páginas del BOE, sino para evitar tragedias, conviene recordar una obviedad que muchos prefieren olvidar: los extintores no son decoración de pared. Son la primera línea de defensa frente a un fuego inesperado, un aliado silencioso que solo se manifiesta cuando la chispa amenaza con convertirse en desastre. Y, sin embargo, la pregunta persiste: ¿están esos cilindros rojos preparados para responder? La respuesta depende, inevitablemente, de si se cumplen o no las revisiones de extintores establecidas por la normativa vigente.
El extintor es un artefacto tan humilde como imprescindible. No presume, no ocupa titulares hasta que alguien lo echa en falta, pero puede marcar la diferencia entre un pequeño susto y la pérdida total. Ahora bien, ¿de qué sirve tenerlo si, al momento de usarlo, resulta inservible? Aquí radica la trascendencia de las revisiones: garantizar que ese cilindro de metal cargado de polvo, espuma, agua o CO₂ cumpla con su cometido cuando el fuego no avisa.
En la actualidad, la normativa española, respaldada por el Real Decreto 513/2017, establece con claridad la obligación de inspecciones periódicas. Y no, no basta con mirarlos de reojo al pasar. Hablamos de comprobaciones minuciosas, registros documentados y retimbrados que aseguren la plena operatividad del equipo. Porque confiarse al azar es, en cuestiones de incendios, una imprudencia letal.
Conviene subrayar que un extintor no es eterno. Su vida útil está sujeta a controles que dictan su fiabilidad. Pasar por alto esta verdad es invitar al riesgo sin que nadie te lo advierta.
La revisión no consiste en un gesto simbólico. Se trata de un procedimiento técnico que incluye fases tan necesarias como poco visibles. Entre ellas:
No hablamos de caprichos técnicos, sino de pasos imprescindibles para confirmar que, llegado el instante, el extintor responda. Un detalle menor puede ser la diferencia entre controlar el fuego en segundos o contemplar cómo avanza sin resistencia.
En esta materia, la revisión de extintores no solo es recomendación, es obligación legal y responsabilidad ética.
La legislación distingue entre inspecciones trimestrales, anuales y revisiones más exhaustivas cada cinco años. Las primeras, responsabilidad del usuario, garantizan accesibilidad, señalización visible y estado general. Las segundas, a cargo de empresas autorizadas, profundizan en aspectos técnicos, recargas y comprobaciones internas. Y el retimbrado, esa prueba hidrostática que muchos ignoran, certifica la resistencia del envase bajo presión extrema.
El retimbrado no es un trámite burocrático. Es la certeza de que el recipiente aguantará en condiciones críticas. Y si no supera la prueba, ese extintor no debe seguir colgado. Un error aquí es un riesgo inadmisible, porque el fuego no da segundas oportunidades.
Todo esto enlaza con la necesidad de estar informados y actualizados. De ahí la utilidad de acudir a fuentes fiables, como un blog sobre protección activa contra incendios, que ofrece pautas claras, novedades normativas y consejos prácticos para usuarios y responsables de instalaciones.
Conviene recordar que no todos los extintores son iguales. Existen los de polvo polivalente, eficaces contra la mayoría de fuegos domésticos; los de CO₂, idóneos en instalaciones eléctricas; los de agua o espuma, habituales en entornos industriales y de restauración. Cada uno requiere un mantenimiento ajustado a su naturaleza. Ignorar esta diversidad es reducir la seguridad a un gesto vacío.
Un extintor de CO2, por ejemplo, exige controles de presión distintos a los de polvo. El de espuma puede verse afectado por cambios de temperatura o agentes externos. Y todos, absolutamente todos, demandan revisiones periódicas si se pretende que cumplan su función.
Más allá de la normativa, hay gestos sencillos que multiplican la eficacia de los equipos contra incendios:
La multa administrativa por incumplir la normativa es lo de menos. Lo insoportable es la responsabilidad de haber tenido a mano un extintor inservible en el momento en que más se necesitaba. Un descuido tan simple como no mirar la fecha de caducidad puede acabar en tragedia. Y en estos casos, la excusa nunca compensa la pérdida.
Así que, los extintores son guardianes discretos de nuestra seguridad. No necesitan atención constante, pero sí revisiones periódicas, profesionales cualificados y un respeto escrupuloso a la normativa. Su correcto mantenimiento no es una opción, es un deber. Cumplir con él significa estar preparados, proteger vidas y reducir al mínimo el riesgo de que un incendio se convierta en noticia. Y si algo distingue a una sociedad responsable, es no esperar a que arda la primera chispa para recordar que los cilindros rojos de la pared merecían, hace tiempo, un vistazo atento.